• El presente tiene como objetivo asegurar el desarrollo integral, físico, mental, emocional, social y moral, en condiciones de igualdad, en las etapas de crecimiento de este sector.

 

 

MORELIA, MICH., 05 Junio de 2014.- La presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la LXXII Legislatura, Cristina Portillo Ayala, celebró la publicación en el Periódico Oficial del Estado del reglamento de la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Michoacán, el cual tiene por objetivo proveer el cumplimiento de la Ley en la materia, la cual fue aprobada por los diputados en febrero del 2013.

 

Con la publicación de dicho reglamento, apuntó la legisladora, se determina la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, teniendo como objetivos asegurar su desarrollo integral, físico, mental, emocional, social y moral, en condiciones de igualdad, en las etapas de su crecimiento.

 

De esta forma, cualquier persona, institución hospitalaria, educativa o servidor público que tenga conocimiento de alguna conducta de acción u omisión que generen maltrato, lesión, abuso físico o emocional, sexual, abandono, descuido, negligencia, trata de una niña, niño o adolescente, o cualquier otra que lo coloque en una situación de riesgo deberá presentar la respectiva denuncia ante el Ministerio Público o gestionar la intervención de cualquier autoridad competente, explicó la parlamentaria.

 

Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento de cualquier situación que ponga en riesgo la integridad de éstos, y que por dichas circunstancias no pueda quedar al cuidado de quien se encuentre obligado a ello, de manera inmediata dictará medida de protección en su favor poniéndolo a salvo a la disposición del Sistema DIF, ya sea de manera directa o por conducto de los Sistemas DIF municipales, quienes brindarán de manera inmediata todos los cuidados mínimos indispensables.

 

El reglamento publicado hace unos días, añadió la también integrante de la Comisión de Justicia, contempla también la implementación de un programa de convivencias de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren bajo la tutela del Sistema DIF y familia nuclear o extensa, con personas propuestas en adopción por el Consejo Técnico de Adopción en el Estado y con participantes de hogares provisionales, convivencias que serán supervisadas por personal en psicología y apoyadas por personal de trabajo social.

 

Una vez que existan dos solicitudes de reintegración familiar, la Procuraduría dará preferencia a éstas de acuerdo al grado de parentesco que se acredite y a los anhelos exteriorizados de la niña, niño o adolescente, ello siempre y cuando su grado de madurez y desarrollo sea posible manifestarlo; asimismo, se tomará en consideración los afectos que se manifiesten y evidencias en las convivencias.

 

La legisladora informó también que el Sistema DIF Estatal a través de la Procuraduría deberá supervisar las instituciones que presten servicios de asistencia, atención y cuidado de niñas, niños y adolescentes; así como a los hogares provisionales previamente autorizados. De encontrar irregularidades que violen derechos de los menores, subrayó, deberá remitir la información, en el caso de las instituciones a la Junta de Asistencia Privada, y tratándose de hogares provisionales podrá cancelar la autorización, presentando la denuncia ante la autoridad correspondiente.

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