Mejorar la calidad y eficiencia en los servicios de salud mediante marcos normativos adecuados y claros es una de las prioridades de la bancada del PRD en su agenda legislativa, subrayó el presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social de la LXXIII Legislatura local, José Jaime Hinojosa Campa.

            El diputado por el Distrito de Maravatío, destacó la importancia de adecuar las leyes hasta donde sea necesario para garantizar la calidad y eficiencia en los servicios de salud que se presten a la población del Estado, para dar cumplimiento al mandato establecido en el artículo cuarto de la Constitución General de la República.

            “Es urgente generar los instrumentos que permitan hacer llegar los servicios de salud a mas poblaciones, abriendo la posibilidad simultáneamente de la autogeneración de fuentes de empleo, promover servicios con mayor calidad profesional y contar con mejores instalaciones”.

            No obstante consideró que el problema que ha padecido en los últimos años el Estado, es el abastecimiento insuficiente de medicamento y material médico necesario para que los centros de salud realmente funcionen.

“No podemos continuar permitiendo que Michoacán cuente con un rezago salud, debemos dar prioridad a este tema y sensibilizarnos ante la ciudadanía, por eso buscamos una reforma en materia de salud de fondo que garantice el bienestar de la sociedad, generando a través de la salud pública un bienestar físico, mental y social”.

            El legislador perredista señaló que con lo anterior, se logrará no sólo resolver un problema de salud, sino también generar que la ciudadanía se desarrolle en  un sano entorno social.

            La perspectiva del planteamiento que se tiene desde la bancada perredista, Hinojosa Campa la explicó a partir de la perspectiva de la salud como un derecho humano, “esto implica entre otras cosas garantizar la salud  gratuita de los adultos mayores, grupos vulnerables y mujeres embarazadas, lo que se puede lograr con programas públicos destinados al establecimiento de centros de salud comunitarios y dispensarios médicos”.

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