Por Armando Saavedra

En lo que constituyó su última actuación como Presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema estatal Anticorrupción, RAFAEL VILLASEÑOR VILLASEÑOR entregó sendas denuncias por la posible comisión de conductas que pudieran resultar sancionables, tales como: a) Uso indebido de atribuciones y facultades. b) Peculado y c) Desvió de Recursos Públicos, ante el secretario de la contraloría del gobierno del estado.

En el capítulo de las “consideraciones”, VILLASEÑOR VILLASEÑOR afirma que en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 79 de la Constitución Federal, Ia Auditoria Superior de la Federación [ASF] fiscalizó los recursos federales transferidos al estado de Michoacán por conducto de Cuota Social y Ia Aportación Solidaria Federal (Seguro Popular) al Gobierno del Estado de Michoacán para los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, a través de las Auditorias Financieras y de Cumplimientos correspondientes.

El alcance de las auditorias fue la siguiente:
(Ver grafica 1)

$5’540,277,948.70 POSIBLE DAÑO PATRIMONIAL

Según la denuncia presentada por RAFAEL VILLASEÑOR, de las auditorías practicadas por la Auditoría Superior de la Federación, en los ejercicios fiscales del 2012 al 2016, existe la posibilidad de que funcionarios estatales de la administración pública, hayan causado un daño a la hacienda pública federal, lo que se evidencia en la siguiente gráfica:
(Ver gráfica 2)

MECÁNICA DE LOS DELITOS

En la denuncia presentada por el presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, se señala que los funcionarios posibles responsables, cometieron actos de los llamados, “de hacer y no hacer”, es decir, de acción y/o omisión, conductas como las siguientes:

1.- “Por la transferencia de recursos del Seguro Popular 2012 a cuentas bancarias diferentes a la del programa y que no fueron reintegrados a la misma; así como por los productos financieros generados en la cuenta bancaria de la Secretaria de Finanzas y Administración que no fueron transferidos a los Servicios de Salud de Michoacán.”

2.- “Por el pago con recursos de Ia Cuota Social y la Aportación Solidaria Federal 2012 a personal que no acredit6 el perfil academia) requerido.”

3.- “Por destinar recursos de Ia Cuota Social y Aportación Solidaria Federal 2012 para el pago de medicamentos, material de curaci6n y servicio de distribución correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011, sin que fueran contabilizados, comprometidos oportunamente y autorizados para su pago como pasivos.”

4.- “Por haber destinado recursos de la Cuota Social y Ia Aportación Solidaria Federal 2013 para adquirir medicamentos a un precio superior al de referencia y medicamentos no incluidos en el Catálogo Universal de Servicios de Salud.”

5.- “Por haber destinado recursos de la Cuota Social y la Aportación Solidaria Federal 2013 para el pago de terceros por servicios de salud sin presentar evidencia de que fueron otorgados a los beneficiarios del Seguro Popular.”

6.- “Por el saldo bancario en la cuenta del programa en la Secretaria de Finanzas y Administración del gobierno de Michoacán de Ocampo de los cuales no acredito su transferencia at organismo ejecutor.”

7.- “Por el pago de los servidores públicos comisionados al sindicato, que realizan actividades distintas a las del servicio de atención a los afiliados del Seguro Popular.”

8.- “Por haber destinado recursos de la Cuota Social y la Aportación Solidaria Federal 2014 para adquirir medicamentos a un precio superior al de referencia y medicamentos no incluidos en el Catálogo Universal de Servicios de Salud.”

9.- “Por los recursos remanentes del depósito que constituyo el Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Michoacán de Ocampo en la Tesorería de la Federación que no se devengaron al 31 de diciembre de 2015, incluye los intereses generados en Ia cuenta bancaria” y

10.- “Por los recursos del depósito que constituyó el Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Michoacán de Ocampo en Ia Tesorería de la Federación que fueron reportados a Ia Comisión Nacional de Protección Social en Salud como devengados al 30 de junio de 2016 y debieron ser reintegrados a la Tesorería de la Federación.”

11.- “Por Ia falta de documentación que acreditó Ia preparación académica requerida para el puesto bajo el cual cobraron 31 trabajadores durante el ejercicio fiscal 2015.”

12.- “por el pago de compensación a mandos medios, concepto no convenido en las Condiciones Generales de Trabajo ni autorizado a financiarse con recursos de Ia Cuota Social y la Aportación Solidaria Federal 2015”

En concreto, la administración de los recursos del llamado “Seguro Popular” en Michoacán, fue anárquico, sin orden y con muchas decisiones discrecionales, que fueron violatorias de las reglas de operación, así como de la ley de disciplina financiera, lo que implicaría responsabilidad grave de los autores.

¿QUIENES SON POSIBLES RESPONSABLES?

En el cuerpo de la denuncia, RAFAEL VILLASEÑOR VILLASEÑO no señala nombres, se constriñe a señalar los cargos de los funcionarios con esa posible responsabilidad y que son los siguientes:

a) Los titulares de Ia Secretaria de Finanzas y Administración del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 at 2016.

b) Los titulares de Ia Subsecretaria de Finanzas de Ia Secretaria de Finanzas y Administración del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

c) Los titulares de Ia Dirección de Operación de Fondos y Valores de la Secretaria de Finanzas y Administración del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

d) Los titulares de Ia Secretaria de Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

e) Los titulares del Régimen Estatal de Protecci6n Social en Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

f) Los titulares Ia Dirección de Financiamiento y Administración del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

g) Los titulares la Subdirección de Calculo y Administración del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

h) Los titulares Ia Departamento de Comprobación del Gasto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

i) Los titulares del Departamento de Fondos y Valores del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Michoacán que hayan ocupado ese cargo en los años de 2012 al 2016.

NO ES NUEVA LA DENUNCIA.

En efecto, la denuncia de los desvíos y las conductas sancionables, no es la primera vez que se conocen, en algunos casos, han sido los propios medios de comunicación los que han hecho las denuncias y desde luego también autoridades del propio gobierno estatal, empero, en todos los casos, sin resultados, ni la fiscalía anticorrupción de la Procuraduría General de Justicia del Estado, ha dado resultados.

En el mismo acto de entrega de la denuncia hasta aquí comentada, también RAFAEL VILLASEÑO VILLASEÑOR entregó otra denuncia referente a las auditorías practicadas al Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud el FASSA, donde el daño patrimonial que se presume cometieron los mismos funcionarios del 2012 al 2016 fue de más de 4 mil millones de pesos y siguen en la impunidad.

RECONOCIMIENTO A AUSENCIO CHÁVEZ

Este jueves 20 de diciembre, la Liga de Comunidades Agrarias y Sindicatos Campesinos de Michoacán, adheridos a la Confederación Nacional Campesina, otorgó al ex gobernador michoacano AUSENCIO CHÁVEZ HERNÁNDEZ, la “Presea a la Lucha Campesina” PRIMO TÁPIA, en el marco de celebración del 96 aniversario de su fundación.

Según boletín exprofeso, “En el acto protocolario, el condecorado, AUSENCIO CHÁVEZ, dijo que es momento de regresar al campo y trabajar desde él, «debemos dejar de esperar que vengan a trabajar por nosotros; es momento de que demostremos de que estamos hechos y si queremos salir adelante tenemos que trabajar hombro con hombro, hoy esperaremos que todos se nos dé, por ello no habrá gobierno que satisfaga nuestras necesidades»

AUMENTO SALARIAL, ¿PARA TODOS? ¡NO!

El pasado lunes 17 de diciembre, el gobierno de la república que encabeza ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, hizo el anuncio oficial del nuevo salario mínimo general para todo el país y el de la denominada “Zona Libre Fronteriza”, los que se definieron en $102.68 para los primeros y de $176.72 para la segunda, la que está definida para 5 municipios de Baja California, 11 del estado de Sonora, 8 del estado de Chihuahua, 8 del estado de Coahuila, 1 de Nuevo León y 10 del estado de Tamaulipas.

Según el CONEVAL, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, los aumentos del 16.21% para todo el país y del 100% en las zonas fronterizas, por primera vez alcanzará para cubrirla denominada “Línea de bienestar” o también conocida como “canasta Básica”.

¿El aumento salarial es para todos los trabajadores? ¡No!

Hay que aclarar y subrayar que, los aumentos anunciados por el gobierno federal, solo aplican para aquellos trabajadores que perciben una vez el salario mínimo, ya sea el mínimo general o el mínimo profesional, para quienes perciban más de un salario mínimo, deberán negociar con sus patrones el porcentaje de aumento salarial para el 2019, que normalmente es un poco arriba del porcentaje de la inflación anualizada.

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