Se garantiza la participación libre y equitativa de mujeres y hombres

Morelia; Michoacán, 29 de agosto de 2018.- Con la finalidad de contribuir a la disminución gradual y permanente de las brechas de desigualdad entre las personas sin importar su sexo, el Pleno del Congreso del estado, reformó el artículo 230 del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, para sancionar administrativamente cualquier manifestación de violencia política en contra de mujeres y hombres.

La Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, consideró en el dictamen la necesidad de sancionar la violencia política, toda vez que en la actualidad se han dado reiteradas violaciones a los derechos político-electorales, en la asignación de candidaturas de elección popular, contra los candidatos, en los institutos políticos, así como en las instituciones, contra los funcionarios públicos y contra los ciudadanos en general.

Por ello se aprobó la reforma al Código Electoral de Michoacán a efecto de darle una sanción administrativa a quienes violenten los derechos político-electorales de los michoacanos.

La Violencia Política ha llegado a atentar contra la vida de mujeres y hombres, contra sus libertades y el ejercicio de sus derechos humanos, ello ha contrariado el principio democrático consagrado en la Constitución, pues no se puede hablar de democracia, sin la participación mujeres, así como de hombres de manera libre y equitativa.

La propuesta fue aprobada por unanimidad y se reiteró el compromiso de implementar acciones e instrumentos que aseguren las condiciones de igualdad necesarias entre mujeres y hombres, donde existan sanciones para quienes violenten a través de actos antijurídicos, donde se castigue así como se sancione a los que actúen mediante destrucciones o atentados físicos contra objetos, instituciones o personas cuyo propósito, selección de daños y víctimas, puesta en escena y efecto poseen una significación política, sin importar el género.

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